La confidencialidad y la HIPAA (Ley de Portabilidad y Responsabilidad de Seguros de Salud en Estados Unidos)

Los profesionales de la salud tienen el deber de tomar medidas razonables para preservar la confidencialidad de la información médica personal, de acuerdo con las preferencias de la persona en cuestión. Por ejemplo, las conversaciones entre médico y paciente deben transcurrir, por lo general, en privado, y es posible que un paciente prefiera que su médico le llame al teléfono móvil en lugar de al teléfono fijo del domicilio. Ni siquiera los familiares bienintencionados están necesariamente autorizados a recibir información sobre la situación médica de un ser querido. (Véase también Introducción a los aspectos éticos y legales en la atención sanitaria .)

A toda persona se le reconoce el derecho a la confidencialidad a menos que autorice revelar la información. La ley federal llamada Ley de Responsabilidad y Portabilidad del Seguro de Salud (Health Insurance Portability and Accountability Act, HIPAA) se aplica a la mayoría de los profesionales de la salud (véase U.S. Department of Health and Human Services: For Consumers: Your Rights Under HIPAA [Departamento de Salud y Servicios Humanos de EEUU: Para Consumidores: Sus Derechos según la HIPAA]). Las regulaciones de la HIPAA incluyen disposiciones conocidas como la Norma de privacidad, que establece normas detalladas sobre la privacidad, el acceso y la divulgación de información sobre la salud identificable individualmente, denominada información de salud protegida. Por ejemplo, en Estados Unidos la ley que regula estos aspectos es la Ley de portabilidad y responsabilidad de los seguros de salud (HIPAA, Health Information Privacy), que especifica lo siguiente:

La regla de privacidad HIPAA no debe interpretarse de manera que se creen barreras en las comunicaciones normales con otros profesionales de la salud que cuidan de un paciente o bien con su familia o sus amigos. La normativa permite a los médicos y a otros profesionales de la salud compartir información que es directamente relevante para la implicación del cónyuge o de familiares, amigos u otras personas indicadas por un paciente. Si el paciente tiene la capacidad de tomar decisiones sobre la atención sanitaria, el médico puede comentar esta información con la familia u otras personas que estén presentes siempre que el paciente esté de acuerdo o, teniendo oportunidad de ello, no haga objeción. Incluso cuando el paciente no está presente o no es factible o práctico pedirle autorización a causa de la urgencia o por incapacidad, el médico puede compartir esta información con los familiares o los amigos, siempre que aplicando un criterio profesional considere que hacerlo será lo mejor para los intereses del paciente.

Algunas veces los profesionales de la salud son requeridos por ley para desvelar cierta información, en general si la enfermedad puede representar un peligro para los demás. La ley de Transferibilidad y Responsabilidad del Seguro de Salud (Health Insurance Portability and Accountability Act, HIPAA) permite tales revelaciones. Por ejemplo, ciertas enfermedades infecciosas, tales como la causada por el virus del COVID-19, la inmunodeficiencia humana (VIH), la sífilis y la tuberculosis, suelen ser de declaración obligatoria ante los organismos gubernamentales o sanitarios competentes. Los profesionales de la salud que detectan signos de maltrato, abusos o negligencia en niños, adultos o ancianos deben notificarlo de forma sistemática a los servicios de protección. En algunos países incluso deben ser declaradas las enfermedades o trastornos que, como la demencia o las convulsiones recientes, pueden afectar gravemente la capacidad de una persona para conducir un vehículo. A los profesionales de la salud también se les permite revelar información en los intercambios de información sanitaria y a las agencias de salud pública con fines de salud pública durante situaciones como la pandemia del COVID-19.